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Quien incumpla con pago de pensión alimentaria, se constituirá en deudor alimentario moroso

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  • Quien deje de cubrir cuatro pensiones sucesivas, será inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Toluca, México.- Los diputados de la Legislatura Mexiquense, avalaron que quien incumpla con la obligación alimentaria ordenada por mandato judicial o establecida mediante convenio judicial celebrado en el Centro de Mediación y Conciliación del Poder Judicial, total o parcialmente, por un periodo de dos meses o haya dejado de cubrir cuatro pensiones sucesivas, dentro de un periodo de dos años, se constituirá en deudor alimentarios moroso.

La iniciativa, presentada por la diputada Leticia Zepeda Martínez, crea como una unidad del Registro Civil al Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

El decreto, también señala que serán objeto de inscripción los empleadores que incumplan una orden de descuento para alimentos ordenada por el órgano jurisdiccional.

Indica que los efectos que tendrá dicho registro, es que se gravará la cantidad adeudada en los bienes del deudor alimentario.

Detalla que la principal novedad respecto a otras legislaciones que han creado el registro, es que para ingresar al servicio público se deberá presentar un certificado expedido por la Unidad de Registro de Deudores Alimentarios Morosos, por lo que la institución que reciba una constancia que señale que la persona que se incorpora al servicio público es un deudor alimentario moroso, deberá dar aviso al juez para hacer las deducciones a su salario.

1 COMENTARIO

  1. Y en el caso de que un hombre no reciba la pensión alimenticia que se acordó ante convenio y el juez de lo segundo familiar
    ¿Como se procede?
    Por favor necesito asesoría ya que la Sra no ha pagado pencion desde el mes de Diciembre del año pasado hasta la fecha.

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