- La difusión del audio y video de la audiencia requerida es del mayor interés público, ya que somete al escrutinio social la legalidad de las conductas realizadas por un ex gobernador y las diligencias llevadas a cabo por las autoridades procuradoras e impartidoras de justicia: Blanca Lilia Ibarra Cadena, comisionada INAI.
- Prevalece el interés general de conocer los hechos ilícitos cometidos durante el desempeño del cargo, sobre todo cuando se trata de indagatorias que cuentan con una sentencia condenatoria firme e irrevocable, añadió.
Coyoacán, México.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) proporcionar versión pública de los registros de audio y video correspondientes a la audiencia inicial del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, por la comisión de ilícitos en el ejercicio de sus funciones públicas, toda vez que éste cuenta con una sentencia condenatoria por tales hechos.
El sujeto obligado también deberá dar a conocer la información relativa a ex servidores públicos que cuenten con una sentencia condenatoria firme e irrevocable, relacionada con ilícitos en ejercicio de las funciones públicas, contenidos en la causa penal 97/2016.
“La difusión del audio y video de la audiencia requerida es del mayor interés público, ya que somete al escrutinio social la legalidad de las conductas realizadas por un exgobernador y las diligencias llevadas a cabo por las autoridades procuradoras e impartidoras de justicia, para conocer la verdad de los hechos y que sean sancionados los responsables de su comisión”, afirmó la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena, al presentar el asunto ante el Pleno.
Ibarra Cadena apuntó que este caso permite vincular la reforma en materia de transparencia, que establece que la Judicatura Federal debe difundir las actuaciones y resoluciones que van adoptando sus órganos jurisdiccionales, en conjunción con las reglas y principios del Sistema Penal Acusatorio, ya que coinciden en la publicidad de los procesos penales, sobre todo cuando se trata de acusaciones a un ex gobernador por la presunta comisión de delitos.
“Es por esa razón que con independencia de que en el caso particular confluyan la privacidad, la protección de datos personales, la intimidad y el derecho a la propia imagen de los ex servidores públicos, como Javier Duarte, prevalece el interés general de conocer los hechos ilícitos cometidos durante el desempeño del cargo, sobre todo cuando se trata de indagatorias que cuentan con una sentencia condenatoria firme e irrevocable”, sostuvo.
El particular que solicitó la información interpuso un recurso de revisión ante el INAI, porque el sujeto obligado reservó la información, argumentado que se encuentra relacionada con una carpeta de investigaciones en trámite, por lo que su difusión obstaculizaría su conducción.
Con el propósito de contar con mayores elementos para estudiar el caso, la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena analizó la grabación de la audiencia inicial relativa a la causa penal 97/2016 de Javier Duarte de Ochoa, en esta diligencia de acceso a la información se advirtió la existencia de contenidos que pueden ser clasificados como reservados, entre ellos las circunstancias de modo, tiempo y lugar que dan cuenta de las líneas de investigación pendientes de cumplimentar en el proceso.
Sin embargo, no es procedente restringir el acceso a la totalidad de la videograbación, por lo que la reserva invocada por el CJF procede únicamente en la información que se relaciona de manera directa con las funciones del Ministerio Público de la Federación, en especial con las líneas de investigación de las personas a las que no se les ha dictado vinculación a proceso, medios de prueba y medidas cautelares.
En el video revisado en el Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, se advirtió que se mencionan datos personales susceptibles de ser clasificados como confidenciales; no obstante, del ejercicio interpretativo de derechos se desprende que prevalece el interés público de que se difunda la comisión de ilícitos en ejercicio de la función pública.
Con base en los argumentos presentados, el Pleno del INAI, por unanimidad, determinó modificar la respuesta del Consejo de la Judicatura Federal y le instruyó entregar al particular la versión pública de los registros de audio y video correspondientes a la audiencia inicial de la causa penal 97/2016, en los que se desprenda información relacionada con Javier Duarte de Ochoa por la comisión de ilícitos en el ejercicio de sus funciones públicas, toda vez que éste cuenta con una sentencia condenatoria; así como aquella información relativa a ex servidores públicos que cuenten con una sentencia condenatoria firme e irrevocable relacionada con el ejercicio de las funciones públicas.
El sujeto obligado deberá de clasificar como reservada aquellas circunstancias de modo, tiempo y lugar que den cuenta de las líneas de investigación pendientes de cumplimentar en el proceso, mediante los cuales se pretende probar la culpabilidad de las personas respecto de los actos presuntamente ilícitos.
De igual forma, deberá clasificar la información relacionada con la identidad; domicilio, edad, estado civil, ocupación; así como cualquier otro dato confidencial de los particulares.