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Implementa IEEM normas del Sistema Nacional Anticorrupción

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  • El IEEM ha establecido un marco normativo para que la Contraloría General cuente con los instrumentos necesarios que le permitan dar cumplimiento a las normas establecidas en el Sistema Nacional Anticorrupción.

Toluca, México.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, modificó los Lineamientos en Materia de Responsabilidades, el Reglamento Interno, así como el Manual de Organización, con lo que actualiza la reglamentación institucional y ajusta la organización administrativa, a efecto de que la Contraloría General cuente con instrumentos necesarios para cumplir con las normas establecidas en el Sstema Nacional Anticorrupción.

Derivado de ello, también se hicieron Adecuaciones al Programa Anual de Actividades, para el presente año, a fin de armonizar las actividades previstas en el mismo con las adecuaciones al Manual de Organización de este Instituto y a la estructura de la Contraloría General, la cual, previamente, fue sometida a la Junta General para su aprobación.

Las disposiciones de los Lineamentos especifican que, en la Contraloría General, estarán adscritas la autoridad investigadora, encargada de la investigación de las faltas administrativas; la autoridad substanciadora, para dirigir y conducir el procedimiento de responsabilidad administrativa y otra resolutora, tratándose de faltas administrativas no graves.

Además, se encuentra facultada para investigar y calificar las faltas administrativas, iniciar y substanciar los Procedimientos de Responsabilidad Administrativa, así como para resolver e imponer las sanciones que correspondan tratándose de faltas administrativas no graves conforme a lo establecido en la Ley de Responsabilidades.

De la misma manera, en el ejercicio de sus atribuciones implementará acciones para establecer criterios que deberán observar los servidores públicos electorales en situaciones específicas, a fin de prevenir la comisión de faltas administrativas y hechos de corrupción en los términos previstos en la Ley de Responsabilidades.

Cabe indicar que en el artículo 1°, de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, conocida como Ley de Responsabilidades, precisa que es de orden público y de observancia general en el Estado de México, y tiene por objeto distribuir y establecer la competencia de las autoridades para determinar las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que éstos incurran y las que correspondan a los particulares, vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación.

En este tenor, el personal del IEEM también deberá de sujetarse a lo establecido en el Código de Ética del personal del Instituto, el cual se constituye  en una pauta de conducta respecto de los valores éticos en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, por lo que  será de aplicación y observancia para el personal que se desempeñe en todos los niveles y jerarquías, sin distinción ni excepción, en el ámbito de sus funciones y responsabilidades, de ahí que también deberá cumplir los principios y valores que dispone dicho instrumento.

Para tal fin, en su momento, los integrantes de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, analizaron y discutieron las propuestas de modificación y las consecuentes adecuaciones para dotar a la Contraloría General con los instrumentos que requiere para su adecuado funcionamiento.