- En sesión del Noveno Periodo Ordinario, el Pleno de la LVIII Legislatura avaló también eliminar requisito de procedibilidad en delito de desobediencia.
Toluca, México.- Para fortalecer la protección del derecho de las niñas, niños y adolescentes a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, la LVIII Legislatura mexiquense armonizó el marco normativo mexiquense con la Ley General en la materia, por lo que se reformaron ordenamientos legales privilegiando el principio del interés superior de la niñez.
En sesión del Noveno Periodo Ordinario, los diputados coincidieron con la propuesta del gobernador Eruviel Ávila Villegas que, entre otros aspectos, amplía el catálogo de los derechos sobre la identidad personal, servicios de salud y considera a este sector como de especial atención en la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de la política de desarrollo social, a fin de que sean beneficiarios prioritarios.
También prevé la participación de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, garantiza los derechos alimentarios, a la educación obligatoria y protege a niñas, niños y adolescentes de cualquier forma de violencia, para lo cual establece obligaciones de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia.
Correspondió a la diputada Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes (PAN) dar lectura al dictamen, elaborado por las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia, y enriquecido con aportaciones de los grupos parlamentarios del PRD y PAN.
Eliminan requisito de procedibilidad
Con el propósito de garantizar justicia y el cumplimiento de las determinaciones en un procedimiento del orden civil, el Pleno avaló por unanimidad eliminar el requisito de procedibilidad en el delito de desobediencia.
De esta manera, se actualiza el Código de Procedimientos Civiles de la entidad, que prevé como medios de apremio, para que los jueces puedan hacer cumplir sus determinaciones, una multa hasta de 100 días de salario mínimo vigente, el uso de la fuerza pública, el rompimiento de cerraduras, el cateo por orden escrita y el arresto hasta por 36 horas, los cuales pueden ser impuestos indistintamente, atendiendo a las particularidades de cada caso.
De acuerdo con el dictamen, que también establece modificaciones al Código Penal estatal, leído en tribuna por el diputado Juan Manuel Gutiérrez Ramírez (PRI), se debe suprimir ese requisito de procedibilidad, y permitir proceder en contra del imputado por el delito de desobediencia, sin necesidad de agotar todos los medios de apremio mencionados.