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PRD propone mayor protección de derechos humanos de personas desaparecidas o secuestradas

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  • Otorgaría posibilidad de que el Estado responda a las necesidades de las familias de quienes se encuentren ausentes.

Toluca, México.- Con la finalidad de lograr una mejor protección de los derechos humanos de las personas desaparecidas o secuestradas, el diputado del PRD, Silvestre García Moreno, presentó una iniciativa para la instrumentación de medidas que permitan el resarcimiento de los daños causados.

“…que el Estado como responsable de la función de brindar seguridad a sus integrantes, solidariamente responda en la medida de lo posible por la violación de los derechos fundamentales de las personas en su calidad de víctimas, sustentó.

Se otorgaría protección más amplia a la familia del ausente o bien de las personas con que éste tenga una relación afectiva, pues de esta manera no se obliga únicamente a los parientes, considerando que la sociedad no es parecida y no en todos los casos son los familiares los interesados en caso de ausencia.

“La declaratoria de ausencia sería iniciada por el Ministerio Público transcurridos veinte días después de haberse iniciado la investigación correspondiente y para el caso de que dicho funcionario no hubiere presentado la solicitud, la podrá iniciar cualquier otra persona autorizada legalmente”, sostuvo el legislador perredista.

Esta, aseguró el diputado Silvestre García, no intenta suspender la investigación a efecto de dar con el paradero del ausente, sino por el contrario, en esta iniciativa se mandata que las investigaciones deberán continuar hasta la localización de la persona.

También, se propone que a través de la Ley de Protección a Víctimas del Estado de México, sea el Ministerio Público desde el inicio de la investigación quien designe un apoderado legal provisional, para que pueda dar continuidad a los asuntos pendientes del ausente, hasta en tanto aparezca o dentro del procedimiento especial ante el Juez de lo Civil, sea nombrado un representante, evitando así la indefensión del ausente.

Garantizar los derechos familiares del ausente tales como la patria potestad en relación con sus hijos, siempre bajo el principio del interés superior de la niñez, asimismo la protección de su patrimonio y lo más importante, se garantizaría la continuidad de la personalidad jurídica.

En cuanto, a la Presunción de muerte, el legislador perredista refiere que el término para su promoción se aumenta a dos años de la ausencia, a efecto de otorgar un mayor tiempo para el caso de que el ausente pueda aparecer con vida.

Finalmente, en caso de una acción deliberada de la persona ausente como forma de evadir sus obligaciones, a efecto de evitar el abuso, se contempla que el supuesto ausente será responsable de los daños y perjuicios que se generen, asimismo deberá ser sancionado penalmente, para lo cual se propone la adición de un tipo penal para esta conducta, la cual sería sancionada con prisión de dos a diez años, debido al uso indebido de esta figura jurídica y de vulnerar la buena fe del Estado.

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