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Nuestra Carta Magna, tiene movimiento y se ajusta a condiciones sociales

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Toluca, México.- El neoconstitucionalismo, cualquiera que sea el contenido que asigne, tiene como premisa identificar una constitución viva, actual y modernizada, no un documento añejo cuyas páginas pueden incluso quebrase al manipularlas o al darles vuelta.

Dicha corriente doctrinaria a nivel mundial obliga a los expertos en derecho a repensar los métodos constitucionales tradicionales, dentro de una tendencia de centralización de los derechos humanos, con lo que se da un nuevo enfoque a la impartición de justicia, desde la perspectiva de la seguridad y con la certeza que debe brindar la ley, puesto que ahora frente a la decisión única se admiten diversas posibilidades.

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Resaltó lo anterior el Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Jorge Mario Pardo Rebolledo, en el Aula Magna “Gustavo Barrera Graf” de la Escuela del Poder Judicial del Estado de México, donde participó como comentarista del libro “Los derechos humanos como sustento de una ley justa: una propuesta pensada desde John Rawls”, autoría del Magistrado en Retiro Joaquín Mendoza Esquivel.

En esta presentación, también se contó con los comentarios del Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de México, Magistrado Baruch F. Delgado Carbajal, actuando como moderador el Director General de la Escuela Judicial, Sergio Javier Medina Peñaloza.

Los cuatro capítulos de la obra se centran en el estudio y análisis de la dignidad humana en el contexto de los derechos humanos, resaltando que estos constituyen la base de una ley justa cuya misión central es dar supremacía a la persona.

En tal sentido, el Ministro Pardo Rebolledo señaló que hoy en día los juzgadores “no estamos tan sólo limitados a lo que establece un marco legal, rígido e inflexible; más bien, ese marco es el sustento para que los jueces podamos brindarle a la sociedad un mejor servicio de impartición de justicia”.

El nuevo paradigma implica, dijo, entender a la Constitución como una norma capaz de resolver conflictos jurídicos, tanto en el ámbito estatal como en el privado, tal y como lo haría cualquier ley secundaria, situación que debe lograrse con y a pesar de la indeterminación de las normas.

Pardo Rebolledo añadió que nuestra Constitución es una norma que tiene movimiento y se ajusta a las condiciones sociales, es decir, sus hipótesis no están atadas a premisas jurídicas predeterminadas que impongan una solución única para todos los casos.

Mientras, el Magistrado Presidente del TSJEM, Baruch F. Delgado Carbajal, planteó que la transformación que están viviendo los estados democráticos modernos gira en torno al respeto de la dignidad humana y los derechos que le son inherentes.

Los estados constitucionales y democráticos de derecho se justifican por el reconocimiento de los derechos humanos, pero sobre todo, se significan porque el Estado tiene la capacidad de que a través de mecanismos, instrumentos y métodos que diseñen, estén dirigidos a hacer realidad la observancia, tutela, respeto y reparación de los derechos humanos, explicó.

Delgado Carbajal apuntó que la obra editorial de Joaquín Mendoza Esquivel propone evitar violaciones a los derechos humanos, porque en tanto haya leyes justas, fundamentadas en la dignidad de las personas -y provistas de un contenido moral donde se respete la dignidad, libertad e igualdad de los individuos-, permitirán a la sociedad acceder a un ambiente de convivencia y bienestar.

La obra surge, dijo, en un gran momento que vive México, en un ámbito de grandes reformas Constitucionales, como es la de derecho penal que propicia juicios más respetuosos de los derechos humanos, tanto del imputado como de la víctima del delito.

Nace, precisamente, en un momento en que se asimilan los alcances de una gran reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos, donde se ha transformado al juzgador en un juez de legalidad, pero también como juez de constitucionalidad y de convencionalidad, características que permiten afirmar que la reforma Constitucional rompió barreras entre jueces federales y jueces locales.

El titular del Poder Judicial estatal aseguró finalmente que “ahora todos somos jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, todos somos jueces que en su actuación tendrán no solamente la tarea de aplicar la ley secundaria, sino de hacerlo interpretándola, en congruencia con principios y  artículos que tutelan derechos humanos de alcance constitucional y convencional”.

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