- En su 38ª Sesión Extraordinaria, el Consejo General del IEEM definió el número de miembros que habrán de integrar los ayuntamientos de los 125 municipios.
Toluca, México.- Al desahogar los puntos del orden del día de su 38ª Sesión Extraordinaria, el Consejo General del IEEM tomó una serie de decisiones en torno a la elección de Diputados y miembros de los Ayuntamientos en el Estado de México 2017-2018, por lo que definió el número de miembros que habrán de integrar los ayuntamientos de los 125 municipios, y ordenó la publicación de la convocatoria para participar como observador/a electoral.
En primer lugar, y después de desarrollar una amplia deliberación, se estableció el número de miembros que habrán de integrar los Ayuntamientos de los municipios del Estado de México, para el periodo constitucional comprendido del 1 de enero del año 2019 al 31 de diciembre del año 2021, lo que se definió en concordancia con lo que lo determina la normatividad establecida en este ámbito, para lo que se consideraron las cifras que proporciona el último Censo de Población y Vivienda 2010.
El acuerdo fue aprobado con precisiones realizadas por el Consejero Electoral, Saúl Mandujano Rubio, y se advirtió que los datos de la Encuesta Intercensal 2015 son considerados como información pública adicional y que proporcionan estimaciones con calidad sobre el volumen, la conclusión y la distribución de la población; sin embargo, para efectos del acuerdo aprobado, resulta procedente tomar en consideración los resultados del Censo de Población y Vivienda 2010, efectuado del 31 de mayo al 25 de junio de ese año, particularmente los relativos al Estado de México por población en cada municipio, como lo especifica la normatividad electoral.
En su oportunidad, el Consejero Electoral, Miguel Ángel García Hernández, explicó que el acuerdo fue bien construido con una base constitucional, como lo determina la normatividad electoral, como también fue el caso de la redemarcación electoral, que se realizó a nivel distrital en la entidad, que también tuvo como soporte el Censo de Población y Vivienda 2010. El Consejero Electoral, Francisco Bello Corona, destacó que el Censo da mayor certeza, debido a que su composición involucra a una mayor población, y ello permite saber la integración poblacional de cada municipio; al respecto, la Consejera Electoral, Sandra López Bringas, emitió un voto particular.
En otro acuerdo aprobado, se ordenó la publicación de la Convocatoria para participar como Observador/a Electoral para la elección de Diputados y miembros de los Ayuntamientos en el Estado de México 2017-2018, y fue aprobado con observaciones realizadas por el Consejero Presidente, Pedro Zamudio Godínez, con la finalidad de darle la máxima publicidad; se instruye que la difusión se realice través de las redes sociales institucionales, y que se difunda a través de las Juntas Municipales, a partir del momento de su instalación.
Asimismo, fueron aprobadas las modificaciones a los formatos de “Actas de Entrega y Recepción” para órganos centrales y desconcentrados del IEEM; y dos resoluciones de la Contraloría General dictadas, por una parte, en el expediente IEEM/CG/OF/001/17, así como en el expediente IEEM/CG/OF/006/17.