- Incluidas tres nuevas leyes, lo legislado abarcó materias como justicia civil y penal, salud, seguridad pública y desarrollo econó
Toluca, México.- En sus dos últimos periodos extraordinarios, la LVIII Legislatura mexiquense aprobó 33 iniciativas y determinó que el certificado de gravamen para agilizar la apertura de negocios se expida en un día; estableció el derecho a la salud y alimentación de los concubinos, y reconoció a la violencia obstétrica como una modalidad de violencia contra la mujer.
A dos meses de que concluya su periodo de gestión constitucional, la actual Legislatura, cuya Junta de Coordinación Política preside el diputado Alfonso Arana Castro, continúa su ritmo de trabajo basado en el diálogo y consenso de los siete grupos parlamentarios que la integran: PRI, PRD, PAN, NA, PVEM, MC y PT.
Por ello en los periodos extraordinarios 13 y 14 (el último ordinario se realizará del 20 de este mes al 15 de agosto próximo) produjo, entre otros, los siguientes resultados en beneficio de todos los mexiquenses:
Nuevas Leyes
- Ley de Apoyo al Migrante Mexiquense, que garantizará la certidumbre jurídica y el apoyo a los migrantes mexiquenses que residen y trabajan en el extranjero.
- Ley de Vigilancia de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso en el Estado de México, que permitirá regular la aplicación de medidas cautelares distintas de la prisión que aseguren la presencia del imputado en el juicio, la protección de las víctimas u ofendidos y testigos, así como garantizar la reparación del daño y la ejecución de la sentencia.
- Ley que crea la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Mé
Desarrollo Económico
- Agilizar la licencia de construcción, el certificado de gravámenes y actos traslativos de dominio de inmuebles comerciales, para facilitar la apertura de empresas.
- Otorgar en el ámbito municipal estímulos fiscales a los contribuyentes que inicien unidades económicas de bajo impacto.
- Promover proyectos productivos que beneficien directamente a la población originaria de los municipios que cuenten con áreas naturales protegidas.
Justicia Penal
- Sancionar penalmente a quien ostente un grado académico que no posea.
- Proteger jurídicamente a las personas mayores de edad sobre las cuales se ejecuten actos eróticos sexuales, sin llegar a cópula y sin su consentimiento, y castigar a quienes los cometan.
- Reconocer a la violencia obstétrica como una modalidad de violencia contra la mujer.
Seguridad Pública
- Precisar el tipo penal que sanciona el disparo de armas de fuego.
- Ampliar las facultades de la Inspección General de las Instituciones de Seguridad Pública del Estado de México, para mejorar el desempeño de los cuerpos policiacos.
Desarrollo Social
- Garantizar el derecho a la salud y a la alimentación para concubinos, y a la pensión alimentaria cuando se procreen hijos, cese la convivencia y la concubina o el concubino se hubiera dedicado al cuidado del hogar y además carezca de ingresos o bienes propios para su sostenimiento.
- Fortalecer la profesionalización en los Sistemas DIF municipales, para mejorar la atención de las familias que más lo necesitan.
Planeación Del Desarrollo
- Instituir planes de desarrollo a largo plazo en las administraciones estatal y municipales.
Desarrollo Turístico
- Regular la actividad turística en los bandos municipales, para impulsar a este sector econó
Desarrollo Urbano
- Prohibir la publicidad de anuncios adosados, pintados en bardas, cercas o predios, y anuncios colgantes de eventos públicos, para evitar la contaminación visual.
- Impedir la colocación de publicidad sobre recipientes, contenedores de residuos o estructuras que los soporten en espacios públicos.
Participación Ciudadana
- Ampliar la participación de la sociedad civil en el proceso legislativo.
Protección del Medio Ambiente
- Mejorar el cobro del derecho por el tratamiento de aguas residuales.
- Promover la instalación, por parte de los particulares, de plantas de tratamiento de agua.
Derechos Humanos
- Se armonizó la Ley de la Comisión de Derechos Humanos con la Constitución nacional y la legislación federal en la materia.
- Estipular constitucionalmente la libertad de culto.