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Instruye INAI a SEDESOL informar sobre presuntos servidores públicos de Acayucan que reciben apoyo de programas sociales

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Coyoacán, Ciudad de México.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) a informar sobre presuntos servidores públicos del municipio de Acayucan, Veracruz, beneficiarios del programa Prospera o de alguno de sus programas sociales, la fecha de ingreso y el monto de recursos asignados.

Ante el Pleno, la comisionada ponente, María Patricia Kurczyn Villalobos, resaltó que el caso representa un ejercicio de rendición de cuentas para fortalecer la confianza en las instituciones y combatir la corrupción, principalmente porque se trata de un tema que tanto interés genera entre la sociedad como lo es el funcionamiento, operación y financiamiento de los programas sociales.

El particular que solicitó la información, proveyó una lista de nombres entre los que presuntamente se encuentran servidores públicos de los cuáles demanda se le indique quiénes son beneficiarios de los programas sociales que opera la Sedesol.

En su solicitud el particular también requirió al sujeto obligado conocer si determinado funcionario municipal de Acayucan es beneficiario del programa Prospera. La Sedesol respondió que no era competente para conocer de la información y orientó al recurrente a consultar a la Unidad de Enlace de Prospera.

Inconforme, el particular presentó recurso de revisión ante el INAI y, del análisis del asunto se consideró procedente la orientación que dio el sujeto obligado para que el particular presente su solicitud, a la Coordinación Nacional de Prospera Programa de Inclusión Social, órgano administrativo desconcentrado de la Sedesol con autonomía técnica y operativa, pero únicamente respecto del programa operado por dicho órgano.

Por lo que hace al resto de los contenidos de información, se  consideró que la Sedesol es competente para conocer los beneficiarios adscritos a los programas sociales a su cargo; lo anterior, en razón de que el sujeto obligado cuenta con distintas unidades administrativas, entre ellas la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios, misma que se encarga de integrar un Padrón Único de Beneficiarios.

Aunque se estableció que existe competencia concurrente respecto al padrón de beneficiaros entre la Sedesol y la Coordinación Nacional de Prospera Programa de Inclusión Social, a ésta sólo le incumbe el registro de beneficiarios y no el de otros programas, por lo que se puede concluir que el sujeto obligado no realizó una búsqueda exhaustiva de la información solicitada, no obstante que cuenta con atribuciones para conocer de los beneficiarios de sus programas sociales.

Por ello, el Pleno del INAI resolvió modificar la respuesta de la Sedesol e instruirle a que busque la información solicitada, sin omitir la Dirección General de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios, y dé a conocer al particular quién de los presuntos servidores públicos está inscrito en algún programa de la Secretaría, su fecha de ingreso y el monto de recursos que recibe.