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SECTUR debe dar a conocer evaluación sobre recursos ejercidos por municipio de Veracruz, beneficiario del “Programa Pueblos Mágicos”

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Coyoacán, Ciudad de México.- La Secretaría de Turismo (SECTUR) deberá buscar y dar a conocer la evaluación final de los recursos ejercidos por el municipio de Papantla, Veracruz, en el marco del “Programa Pueblos Mágicos”, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, destacó que en la actualidad 111 localidades en México cuentan con la denominación de “Pueblo Mágico”. Añadió que el Estado de México y Puebla concentran los lugares con ese distintivo, 9 cada uno; seguidos de Michoacán y Jalisco, con ocho y siete, respectivamente;  y los estados de Veracruz y Coahuila, con seis cada estado.

“De esta manera, se transparenta la evaluación de recursos públicos, con lo que, a su vez, se favorece la rendición de cuentas y se permite a la ciudadanía obtener las herramientas necesarias para evaluar el desempeño de la autoridad en la aplicación de los recursos y, con ello, garantizar que los ingresos del sector turismo sigan contribuyendo al bienestar social de las comunidades que integran estos 111 ‘Pueblos Mágicos’, que existen a nivel nacional”, remarcó.

En respuesta a una particular que solicitó la información, el sujeto obligado proporcionó un cuadro con los proyectos a los cuales se designó el recurso; monto total asignado; así como el desglose de las cantidades concedidas por la federación, el estado y el ayuntamiento. Lo anterior, para los años 2006, 2007, 2008, 2012 y 2013.

Asimismo, la dependencia informó que si bien su Dirección General de Gestión de Destinos ha ejercido recursos en los ejercicios fiscales 2015 y 2016, en esos años no se otorgaron  dineros al Pueblo Mágico de Papantla.

Finalmente, indicó que Papantla es sometido a un proceso anual de evaluación, de conformidad con el “Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para la incorporación y permanencia al “Programa Pueblos Mágicos””, y que, hasta el momento, conserva la denominación de Pueblo Mágico.

El particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó su inconformidad porque no le fue entregado el resultado de la evaluación final de la aplicación de los recursos provenientes del programa “Pueblo Mágico”, para el referido municipio.

En alegatos, la SECTUR, por conducto de su Dirección General de Gestión de Destinos, indicó que el seguimiento al ejercicio de recursos y conclusión de proyectos apoyados se realiza con base en los puntos 4.2 Ejecución y 6. Evaluación de las Reglas de Operación del “Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos” (PRODERMAGICOS).

Precisó que la Dirección General de Gestión de Destinos se creó en 2014 y fue hasta 2015 que comenzó con el ejercicio de los recursos a su cargo, por lo que, considerando que la localidad de Papantla no se ha visto beneficiada en 2015 ni en 2016 por el “Programa Pueblos Mágicos”, no se cuenta con información sobre la evaluación de los recursos.

Por otra parte, apuntó que la Dirección General de Desarrollo Regional y Fomento Turístico fue la encargada de ejecutar los recursos del referido programa durante los años 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014; sin embargo, no le corresponde ejecutar los proyectos, por lo tanto, no cuenta con la información requerida.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Monterrey Chepov, expuso que si la Dirección General de Gestión de Destinos tiene atribuciones para conocer sobre la evaluación de los recursos otorgados al municipio de Papantla como beneficiario del “Programa Pueblos Mágicos”, también las Direcciones Generales de Desarrollo Regional y Fomento Turístico; de Seguimiento y Evaluación; de Programación y Presupuesto; y las Delegaciones Regionales, tienen facultades, competencias y funciones para conocer sobre dicha valoración, de conformidad con el Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo y las Reglas de Operación del PRODERMAGICOS.

En ese sentido, se concluyó que la Unidad de Transparencia de la SECTUR no garantizó que la solicitud se turnara a todas las áreas competentes y, consecuentemente, la búsqueda de la información careció de exhaustividad.

Por tanto, a propuesta del comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la Secretaría de Turismo y le instruyó a que realice una búsqueda exhaustiva de la información en las áreas que por sus atribuciones pudieran conocer sobre el resultado de la evaluación final de los recursos otorgados al municipio de Papantla, en el marco del Programa Pueblos Mágicos.

En dicha búsqueda no podrá omitir a las Direcciones Generales de Gestión de Destinos; de Desarrollo Regional y Fomento Turístico; de Seguimiento y Evaluación; de Programación y Presupuesto; y las Delegaciones Regional Centro, y proporcione al particular todos los documentos que den cuenta de lo requerido.