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Avalan Comisiones Ley de Vigilancia de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso en Edomex

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Toluca, México.- Las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia de la LVIII Legislatura estatal aprobaron por unanimidad de votos la iniciativa de Ley de Vigilancia de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional del Proceso en el Estado de México, propuesta por el gobernador Eruviel Ávila Villegas, que tiene el propósito de regular las medidas cautelares del proceso penal, las condiciones de la suspensión condicional del proceso penal y la coordinación entre las autoridades judiciales y administrativas.

En sesión presidida por el diputado Irad Mercado Ávila (PRI), los legisladores también aprobaron la iniciativa que reconoce el derecho de alimentos en concubinato, del diputado Armando Portuguez Fuentes (PRD), y para garantizar la defensa del imputado, del legislador Gerardo del Mazo Morales (Nueva Alianza).

Camara 1869 F2

De acuerdo con el resolutivo, enriquecido con las propuestas de los Grupos Parlamentarios del PRD y PAN, esta nueva ley, de ser aprobada por la Asamblea plenaria, regulará la aplicación de medidas cautelares distintas a la prisión que aseguren la presencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de las víctimas u ofendidos y testigos, además de que garantiza la reparación del daño y la ejecución de la sentencia.

Regula la forma en que se ejecutarán y vigilarán las medidas cautelares como: garantía económica, presentación periódica ante el juez o ante la autoridad, prohibición de salir del país, resguardo domiciliario, cuidado o vigilancia de una persona o institución, colocación de localizadores electrónicos, prohibición de acudir a determinadas reuniones o de acercarse a ciertos lugares, prohibición de convivencia, acercamiento o comunicación con personas determinadas, separación inmediata del domicilio, suspensión temporal de una actividad profesional o laboral y los supuestos de incumplimiento.

Crea el Centro Estatal de Medidas Cautelares, como una unidad administrativa de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana y como la autoridad de ejecución y suspensión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso.

Establece la obligación de este centro para instrumentar la ejecución del plan personal, supervisar y evaluar el cumplimiento de las medidas cautelares distintas a la prisión preventiva, así como de las condiciones acordadas en la suspensión condicional del proceso, además de avisar de inmediato al Ministerio Público en caso de incumplimiento. También define las faltas específicas en las que pueden incurrir los servidores públicos y las sanciones a las que se podrán hacer acreedores en caso de la inobservancia de esta ley.

Reconocer derecho de alimentos en concubinato

Camara 1869 F4

Las Comisiones Unidas también aprobaron, por unanimidad de votos, reconocer el derecho de alimentos de la concubina que ha procreado hijos o se dedicó al cuidado del hogar, cuando ha cesado el concubinato, por un tiempo igual al que haya durado el mismo, o hasta que se una en un nuevo concubinato o contraiga matrimonio.

La propuesta del diputado Armando Portuguez Fuentes (PRD) adiciona los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 4.129 del Código Civil del Estado de México.

Avalan iniciativa para garantizar defensa de imputado

Camara 1869 F3

Con el objetivo de garantizar y no limita el derecho fundamental de la adecuada defensa del imputado, los integrantes de ambas comisiones avalaron también por unanimidad de votos, el dictamen a la propuesta del legislador Gerardo del Mazo Morales (Nueva Alianza), que reforma el párrafo tercero del artículo 171 del Código de Procedimientos Penales del Estado de México.

El documento establece que si el defensor, sin causa justificada, abandona la defensa o deja al imputado sin asistencia técnica, se le nombrará uno público, se le comunicará sobre su derecho de elegir a otro, revalidar al que tenía, o preferir continuar con el público.

Regular la contaminación visual por publicidad

A fin de evitar el abuso de elementos no arquitectónicos con relación a la publicidad, las Comisiones Unidas aprobaron la iniciativa del gobernador Eruviel Ávila, que reforma la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

GP-PRD 077 F3

Durante el análisis, los legisladores coincidieron con el proponente en el grave problema de contaminación visual causado por publicidad de anuncios adosados, pintados en bardas, cercas o predios, y anuncios colgantes que publicitan eventos públicos de concentración masiva regulados por la citada ley; por ello, consideraron necesario obligar a los titulares de dichos eventos a abstenerse de colocar publicidad a través de estos medios. Considera obligatorio para los titulares de los eventos públicos realizar el pago del impuesto sobre anuncios publicitarios, referidos en el Código Financiero de la entidad.

El diputado Norberto Morales Poblete (PT) destacó esta iniciativa y opinó que se debe de revisar con mayor detalle, para proponer otro tipo de alternativas que permita a la gente promocionar sus actividades comunitarias en espacios adecuados y evitar la contaminación visual.

Aprueban en Comisiones creación del Registro Estatal de Inspectores

Establecer el Registro Estatal de Inspectores de la Secretaría de la Contraloría, es el propósito de la iniciativa que reforma y adiciona la Ley Orgánica de la Administración Pública, los códigos Administrativo y de Procedimientos Administrativos, todos del Estado de México.

Aprobada por unanimidad de votos, establece que el Registro Estatal de Inspectores es un sistema tecnológico dirigido, coordinador y operado por la Secretaría de la Contraloría, mediante el cual las dependencias y organismos auxiliares de la administración pública estatal registran los datos relativos a las órdenes de visitas, inspecciones y verificaciones que llevan a cabo las autoridades, con el fin de que los sujetos a quienes van dirigidas constaten en tipo real su autenticidad.

Los legisladores coincidieron que esta propuesta representa un cambio necesario para brindar mayor certeza a las visitas e inspecciones que realizan las autoridades aprovechando las tecnologías de la información que optimicen las funciones de trasparencia y acceso a la información.

Penas de prisión para quien ostente un falso grado académico

GP-PRD 077 F2

Durante esta jornada, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobó la iniciativa del diputado Silvestre García Moreno (PRD) para sancionar a quien se atribuya o acepte por cualquier medio el carácter de profesionista o grado académico sin tener título legal, o ejerza los actos propios de una profesión, sin título o sin autorización legal, a cuyo delito, se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y de treinta a doscientos cincuenta días multa. La iniciativa reforma la fracción II del artículo 176 del Código Penal del Estado de México.

Los dictámenes correspondientes forman parte del temario establecido para el 14.º Periodo Extraordinario de Sesiones, para su calificación final.

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