Toluca, México.- A fin de otorgar asistencia médica a domicilio a pacientes que por alguna enfermedad o discapacidad no puede desplazarse a una institución de salud, la diputada María Luisa Mendoza Mondragón propuso, en nombre del Grupo Parlamentario del PVEM, una iniciativa de reforma al Código Administrativo del Estado de México.
Presentada en sesión del Primer Periodo Ordinario, establece que las visitas médicas domiciliarias a que tienen derecho los enfermos postrados o terminales sean integrales y de calidad, que puedan ser programadas por los pacientes o sus familiares mediante una línea telefónica o presencial, que se garantice la detección oportuna de padecimientos, así como la prevención, disponibilidad, distribución de medicamentos y seguimiento, además de que se asignen recursos en el Presupuesto de Egresos para estos fines.
La legisladora subrayó la necesidad de una buena organización y planificación por parte del Estado a fin de contar con equipo médico profesional, enfermeras y personal administrativo que permitan brindar una atención de calidad a los pacientes.
Derivado del progresivo envejecimiento de la población y la alta prevalencia de enfermedades graves e invalidantes, la diputada aseguró que la atención médica domiciliaria se ha incrementado en la entidad y dijo que “el reto de la atención a domicilio consiste en que el Estado sea capaz de proporcionar al paciente una asistencia sanitaria con calidad y calidez”, añadió.
María Luisa Mendoza reconoció que de las 10 principales enfermedades que aquejan a los habitantes del estado, la diabetes mellitus es la principal causa de pérdida de salud, seguido de las enfermedades renales crónicas y la cardiopatía isquémica.
Por lo anterior, señaló, se ha identificado a un segmento de población vulnerable que requiere atención médica de calidad, como son los adultos mayores sin capacidad de trasladarse, personas con discapacidad, enfermos postrados o terminales, mujeres embarazadas sin control prenatal y enfermos con cuidados paliativos.
La iniciativa que reforma la Fracción III del Artículo 2.21 del Código Administrativo del Estado de México fue turnada a la Comisión Legislativa de Salud, Asistencia y Bienestar Social para su dictamen.