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Cárcel a llamadas falsas de emergencia

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La LVIII Legislatura aprobó por unanimidad la iniciativa del Ejecutivo estatal para tipificarlo como delito.

Ireira Tavira G.

Toluca, Méx.- Establecer penas de tres meses a un año de cárcel y de 10 a 50 días multa cuando se incurra por primera vez en realizar una llamada falsa a los sistemas de emergencia fue la iniciativa enviada por el Gobernador del Estado de México, Eruviel Ávila, aprobada por los integrantes de la LVIII Legislatura Local.

El objetivo fue una mejor atención de las contingencias reales, es el objetivo de las reformas al Código Penal del Estado de México avaladas por unanimidad de los diputados locales, que tipifican el delito de uso indebido de los sistemas de emergencia, sancionándolo con penas de prisión y multas.

El dictamen, al que dio lectura en sesión del Cuarto Periodo Ordinario el legislador Irad Mercado Ávila (PRI), fue aprobado por unanimidad y de acuerdo con los diputados integrantes de las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, así como Procuración y Administración de Justicia, que previamente avalaron la propuesta, los números de emergencia son empleados para realizar llamadas falsas, muchas veces hechas por menores con el objeto de jugar bromas; o bien, por la delincuencia organizada para movilizar a los cuerpos de emergencia con la finalidad de disminuir los recursos humanos y operativos mientras se cometen ilícitos en otros sitios de la entidad.

En este sentido, la iniciativa del gobernador Eruviel Ávila Villegas, busca impulsar la eficiencia de los servicios de emergencia, protección civil, bomberos o elementos de las instituciones de seguridad pública, con el fin de evitar la alta incidencia de este tipo de llamadas.

La reforma, que agrega el capítulo V al Código Penal denominado “Uso indebido de los sistemas de emergencia”, encuadra como tipo penal el uso de los medios de comunicación, como teléfono, radio, celular, internet o cualquier otro, para dar avisos falsos a las autoridades, provocando la movilización o presencia de personal de emergencia, protección civil, bomberos o elementos de las corporaciones de seguridad pública.

Agrega en un artículo transitorio que las instituciones estatales y municipales encargadas de brindar atención a las emergencias, difundirán ampliamente el contenido del presente decreto a efecto de fomentar el uso responsable de la ciudadanía en la atención a las contingencias que generan emergencias e inhibir el abuso de dichos medios.

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