- Este sábado 13 de junio, el Consejo General del IEEM clausuró los trabajos de la Sesión Permanente de Seguimiento de Cómputos Distritales y Municipales 2015, al concluir los cómputos de sus 125 Consejos Municipales y 45 Consejos Distritales.
- Asimismo, este domingo 14 de junio se realizará el cómputo y asignación de Diputados por el principio de Representación Proporcional.
Toluca, México.- Una vez que los 125 Consejos Municipales y los 45 Consejos Distritales del Instituto Electoral del Estado de México concluyeron con las actividades de sus respectivos cómputos en el ámbito de sus funciones y atribuciones, este sábado 13 de junio el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México realizó la clausura de la Sesión Permanente de Seguimiento de Cómputos Distritales y Municipales 2015, la cual inició el pasado miércoles 10 de junio.
Asimismo y dentro de los plazos establecidos por la normatividad electoral, una vez que se han realizado los cómputos de la elección de Diputados Locales por parte de los Consejos Distritales, y después de recibir las actas respectivas, el Órgano Superior de Dirección del IEEM se encuentra en condiciones de realizar el cómputo y la asignación de Diputados por el principio de representación proporcional, lo cual tendrá lugar este domingo 14 de junio.
Previo a la clausura de la Sesión Permanente, mediante el Acuerdo N° IEEM/CG/185/2015, y con una precisión planteada por el Consejero Electoral, Saúl Mandujano Rubio, se aprobó la solicitud de autorización de una sede alterna para continuar con el desarrollo de la Sesión de Cómputo del Consejo Municipal 062 con sede en Nopaltepec, para lo cual se habilitó el Centro de Formación y Documentación Electoral del Instituto, por lo que después de ser notificado, el órgano desconcentrado continuó con los trabajos de su Sesión.
Derivado de lo anterior, el Consejo Municipal de Nopaltepec remitió a la Presidencia del Instituto, a través de la Oficialía de Partes del IEEM, el Acta Circunstanciada de los hechos ocurridos durante la Sesión de Cómputo celebrada el 10 de junio en dicho municipio y una copia del Acuerdo por el que determina que derivado de los hechos ocurridos, no se puede concluir con lo ordenado por el articulo 220 fracción IV del Código Electoral del Estado de México, esto es, el Consejo Municipal de Nopaltepec se declara incapaz de realizar la Declaración de Validez de la Elección, la determinación de los resultados y la asignación de regidores por representación proporcional.
Por tanto, a partir de la documentación presentada y recabada por el IEEM a través de diversos medios, el Consejero Presidente del Instituto, Pedro Zamudio Godínez, propuso al Consejo General dar por válidos los resultados capturados por el Consejo Municipal de Nopaltepec durante el desarrollo de la Sesión de Cómputo en la que realizaron el recuento total de los 12 paquetes electorales de dicha elección, siendo ese el resultado que propuso tomar como el más fidedigno de la voluntad ciudadana de Nopaltepec, para validarlo en el Órgano Superior de Dirección del IEEM, ante la imposibilidad de hacerlo por parte de dicho Consejo Municipal, en el uso de las atribuciones que le confiere al Consejo General, el Código Electoral del Estado de México en su artículo 185, fracciones XII y XXVII.
Asimismo, en aras de fortalecer la fundamentación legal de esta propuesta, el Consejero Electoral, Saúl Mandujano Rubio, acotó que, con ello, lo que hace el Consejo General del IEEM es concluir el acto que corresponde al Consejo Municipal porque ya llevó a cabo un cómputo pero no concluyó. De la misma manera, la Consejera Electoral, Natalia Pérez Hernández, propuso complementar el fundamento legal del acto, con base en el artículo 175 del Código Electoral de la entidad.
De esta forma, Pedro Zamudio Godínez, Consejero Presidente del IEEM, sometió a la consideración del Consejo General dicha propuesta, misma que fue aprobada por mayoría, aclarando que todo lo actuado estará acompañado por los acuerdos correspondientes.
Adicionalmente, en el transcurso de la Sesión, se recibió un escrito en el que se expuso que, debido a que no existían condiciones para que continuara realizando con normalidad sus funciones y atribuciones el Consejo Municipal 065 con sede en El Oro, se solicitó que se informe a los representantes de los partidos políticos que si eventualmente se requiere presentar cualquier tipo de documentación respecto de impugnaciones o actos relativos a dicho órgano desconcentrado, lo hagan preferentemente en la sede central del IEEM.
Por otra parte y toda vez que el Consejo Municipal 076 de San Martín de las Pirámides informó que carecían de las condiciones necesarias para cumplir plenamente con los trabajos de la Sesión de Cómputo, y en virtud de que quedaban pendientes de finiquitar los últimos puntos del Orden del Día, solicitó que fuera el Consejo General del IEEM quien la concluya de forma supletoria, por lo que al aceptar la solicitud, el Órgano Superior de Dirección del IEEM, mediante el Acuerdo N° IEEM/CG/186/2015, aprobó concluir en forma supletoria con dicha sesión.
Mediante este acuerdo se hizo la asignación supletoria de los Regidores por el principio de representación proporcional, y se asignan dos Regidores al Partido Acción Nacional, y un Regidor por cociente de unidad, y por resto mayor un Regidor al partido MORENA; además se hizo entrega de las constancias de asignación respectivas, y se declaró la clausura de la Sesión de la elección municipal de San Martín de las Pirámides, para el periodo constitucional 2016-2018.
Durante la Sesión se le tomó la protesta de ley a José Salvador Martínez López, como representante suplente del partido Nueva Alianza, ante el Consejo General del IEEM.