- A partir de este lunes inicia la instalación de las comisiones permanentes, de una especial y otra temporal del Instituto.
Toluca, México.- A efecto de cumplir con lo que establece el Acuerdo Número IEEM/CG/63/2014 del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México y con la finalidad de atender puntualmente los actos relativos a la organización, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral 2014-2015, a partir de este lunes iniciará la instalación de las comisiones permanentes, de una especial y otra temporal del IEEM, las cuales auxiliarán al Consejo General del Instituto en el desarrollo de sus atribuciones.
Cabe señalar que con base en la normatividad electoral, las comisiones permanentes del IEEM son las que por sus atribuciones requieren un trabajo frecuente como es el caso de la Comisión de Organización; la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras; la Comisión Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos, la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión, y la Comisión de Promoción y Difusión de la Cultura Política y Democrática.
Por otra parte, las comisiones especiales son las que se conforman para la atención de actividades sustantivas del Instituto, que por su especial naturaleza no tienen carácter permanente, como es el caso de la Comisión Especial de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, para lo cual el Órgano Superior de Dirección del IEEM debió establecer los motivos de su creación, sus objetivos y tiempo de funcionamiento.
En tanto, las Comisiones temporales son las que se forman para atender asuntos derivados de situaciones particulares o extraordinarias, casos fortuitos o de fuerza mayor que no puedan ser atendidos por las demás comisiones. Con base en ello se creó la Comisión Temporal de Vinculación con Órganos Desconcentrados, para lo cual en el Acuerdo aprobado por el Órgano Superior de Dirección del IEEM se establecieron los motivos de su creación, objetivos, propósitos y tiempo de vigencia.
En cada una de las comisiones, las Consejeras y los Consejeros Electorales del Instituto participan con voz y voto, en tanto los representantes de los partidos políticos lo hacen con voz. Asimismo, durante el desarrollo de sus actividades, la aprobación de todos los acuerdos y dictámenes de las comisiones deberá ser con el voto de al menos dos de sus integrantes con derecho a voz y voto y, preferentemente, con el consenso de los partidos políticos, así como de las coaliciones que en su momento se registren.
De esta forma, el Instituto Electoral del Estado de México continúa desarrollando las tareas sustantivas del Proceso Electoral 2014-2015, en el que los ciudadanos mexiquenses podrán ejercer sus derechos políticos electorales para renovar mediante su voto a los integrantes de la Legislatura Local y a los miembros de los Ayuntamientos de la entidad el 7 de junio de 2015.