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IMSS debe informar sobre antecedentes penales de sus delegados, instruye INAI

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Ciudad de México.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dar a conocer la versión pública de los documentos que informen sobre los antecedentes no penales de sus delegados estatales o cualquier otro documento con el cual acreditaron no haber sido condenados por algún delito.

“Dar acceso a lo requerido permite generar certeza en el recurrente que las personas que ocupan dichos cargos acreditaron todos los requisitos que marcan las normas, y de no ser el caso, en el uso multidisciplinario del acceso a la información, éste permite ejercer las acciones legales pertinentes para corregir tales situaciones”, afirmó el comisionado Oscar Guerra Ford, al presentar el asunto ante el Pleno.

En ese sentido, subrayó que la solicitud de acceso a la información está relacionada con el cumplimiento regulatorio del IMSS y contribuye a verificar que el sujeto obligado llevó a cabo todos los actos y gestiones que establece su propio marco normativo.

Guerra Ford apuntó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha señalado que la existencia de antecedentes penales no acredita la carencia de probidad y de un modo honesto vivir, puesto que una falta cometida por una persona en algún tiempo de su vida no lo define, ni lo marca para siempre, ni hace que su conducta sea cuestionable para el resto de su vida.

En ese contexto, el particular requirió versiones públicas de los antecedentes penales de cada uno de los delegados del IMSS, o cualquier otro documento con el cual se acredite no haber sido condenado por algún delito.

El sujeto obligado declaró inexistente la información argumentando que, entre los requisitos para entablar una relación laboral como delegado del IMSS, no se encuentra presentar una carta, constancia o certificado de «antecedentes penales».

Inconforme con esta respuesta, el particular interpuso un recurso de revisión mediante el cual manifestó que los artículos 86 y 87 del Reglamento interior del sujeto obligado, establecen que cada Delegado debió exhibir documentos con los cuales acreditara no haber sido condenado por la comisión de un delito.

Al analizar el caso, la ponencia del comisionado Guerra Ford advirtió que el IMSS no cumplió a cabalidad con el procedimiento de búsqueda, pues omitió turnar la solicitud de información a la Dirección Jurídica, así como con la Coordinación de Legislación y Consulta, cuyas atribuciones se encuentran relacionadas con la información solicitada.

Cabe destacar que, si bien el IMSS señaló que a los Delegados no se les solicita para su relación laboral, carta, constancia o certificado de «antecedentes penales»; dentro de los requisitos, para ser miembro de los consejos consultivos delegacionales se encuentra el no haber sido condenado con sentencia ejecutoria por la comisión de un delito.

Lo anterior hace evidente que, para ocupar el cargo de delegado del IMSS, el aspirante debe acreditar que no fue condenado por la comisión de un delito intencional. Es decir, para ostentar el cargo en mención se debió presentar algún documento, como la constancia de no antecedentes penales.

En ese sentido, cuando el sujeto obligado omitió llevar a cabo una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas facultadas para tal efecto, incumplió el procedimiento previsto en la Ley de la materia, vulnerando con ello el derecho de acceso a la información.

Con base en los argumentos presentados, el Pleno del INAI, a petición del comisionado Guerra Ford, modificó la respuesta del IMSS y le instruyó realizar una búsqueda exhaustiva de los documentos que den cuenta de los antecedentes penales de cada uno sus Delegados del IMSS, o cualquier otro documento con el cual se acredite no haber sido condenado por algún delito, en todas sus unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Dirección Jurídica, así como a la Coordinación de Legislación y Consulta.