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INEGI debe dar a conocer información sobre medición de la pobreza en el país, instruye INAI

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Coyoacán, Ciudad de México.-El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) deberá dar a conocer toda la información disponible del nuevo y antiguo índice para medir la pobreza en el país, incluida su metodología, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez, destacó la importancia de conocer la información, toda vez que la medición de la pobreza es un insumo fundamental para la toma de decisiones gubernamentales en la materia.

“Por lo tanto, cualquier modificación en la metodología debe ser pública y cada una de las etapas del proceso debe darse a la vista de todos. Los expertos académicos y de la sociedad civil organizada han estado pendientes al respecto”, apuntó.

Salas Suárez afirmó que las carencias que viven millones de mexicanos día a día no deben continuar y medir la pobreza es sólo el inicio para tener un punto de partida claro.

“Los mexicanos demandan a las autoridades emprender acciones concretas para solucionar los problemas públicos prioritarios del país. La información pública serviría a las autoridades responsables para demostrar que buscan las formas más adecuadas y viables para mejorar las políticas públicas de combate a la pobreza”, enfatizó.

El comisionado del INAI sostuvo que no se pueden escatimar acciones para entender este fenómeno y generar evidencia que oriente el diseño de políticas públicas efectivas para combatir la pobreza.

“El CONEVAL reporta que de 2012 a 2014 la pobreza aumentó de 53.3 a 55.3 millones de personas. Esto ubica a México como uno de los tres países de Latinoamérica donde más creció la pobreza en 2016, según la Comisión Económica para América Latina (CEPAL)”, precisó Joel Salas.

Lo anterior, luego de que un particular solicitó conocer toda la información disponible sobre los índices para medir la pobreza, tanto el que actualmente se construye como el previo, y el sujeto obligado se declaró incompetente, señaló que lo requerido le corresponde al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).

Inconforme, el particular interpuso recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó que el INEGI es competente, toda vez que realiza  estudios de inflación y de pobreza.

En alegatos, el sujeto reiteró su respuesta inicial.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Joel Salas Suárez, después de la revisión de la normatividad que regula las unidades administrativas del sujeto obligado, así como a una búsqueda exhaustiva de información pública, hizo notar que si bien el índice para medir la pobreza pudiera resultar ser competencia del CONEVAL, también lo es del INEGI, pues cuenta con facultades para medir la pobreza en el país.

Se indicó que el sujeto obligado realizó una interpretación restrictiva de lo solicitado, pues se enfocó única y exclusivamente al índice para medir la pobreza, sin entender y atender en su conjunto lo solicitado.

La ponencia subrayó que el particular no se encuentra solicitando únicamente el índice para medir la pobreza, sino que requiere toda la información relacionada con la metodología que utilizaba anteriormente, así como aquella que ahora utiliza, para medir la pobreza.

Incluso se advirtió que un cambio realizado por parte del INEGI en la captación  de Condiciones Socioeconómicas, podría ser la información que daría respuesta a la solicitud del  particular.

Por lo anterior,  a propuesta del comisionado Joel Salas Suárez, el Pleno del INAI resolvió como fundado el agravio del particular, revocó la respuesta del INEGI y le instruyó a buscar la información en las unidades administrativas competentes, sin omitir a la Dirección General de Estadísticas Económicas, a efecto de que proporcione la información, en los términos referidos.