Inicio Opinion Legislación obrera y el gobierno de la 4t

Legislación obrera y el gobierno de la 4t

0

Carlos Ugalde Sixtos

El presidente de la República ha declarado en múltiples ocasiones que en su gobierno “los pobres son primero” y a nivel puramente declarativo ha dado por terminado al neoliberalismo, a la corrupción, etc., etc. En ese mismo sentido, ha anunciado con bombo y platillo, la flamante Reforma Laboral que derivará en cambios y aplicaciones de nuevas normas que supuestamente afectarán positivamente a los trabajadores cuando en realidad sólo busca desplazar a las Centrales Obreras charras de antaño, para posicionar en la dirección del movimiento sindical, a la nueva Central Obrera dirigida por “Napito”.

La empresa especializada en recursos humanos ManpowerGroup México dio a conocer que el 75% de los trabajadores mexicanos padece fatiga laboral, lo cual posiciona a nuestro país como el número uno a nivel mundial en este rubro.

Eduardo Almanza, gerente regional de Capacitación y Empleabilidad de dicha empresa informó que México supera a naciones como China y Estados Unidos, donde tal problemática afecta al 73% y 59% de los trabajadores respectivamente.

Con motivo de la próxima entrada en vigor de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 035, que busca combatir las enfermedades psicosociales y eventos traumáticos en los centros de trabajo, señaló que la fatiga laboral tiene varias aristas o detonantes: el 80% de los mexicanos desempeña actividades para las que no fue contratado. Este elemento se agrava con las jornadas que sobrepasan las 42 horas semanales que establece la Ley federal del Trabajo (LFT) y que pueden aumentar a 48 o más, si se pagan horas extra.

Hay que recordar que los mexicanos son los que más horas trabajan entre los países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), con dos mil 255 horas al año. Aunque esto, aclara el especialista, no se traduce en eficiencia laboral: los mexicanos son los menos productivos de la OCDE, con 20 puntos en una escala de cien posibles en la materia. Estos datos son “focos rojos” que acentúan la fatiga laboral, subrayó Almanza. En ese mismo sentido los males psicosociales y eventos traumáticos, que van desde el estrés y afectaciones a la vida familiar de los empleados, hasta actos de violencia, acoso, humillaciones, inseguridad y la muerte de algún trabajador en los centros laborales llevan al extremo la fatiga laboral desembocando a veces este proceso en tragedia personal o incluso familiar. Enfatizó que precisamente el objetivo de la NOM 035 es combatir los elementos que detonan las afectaciones antes mencionadas.

Dicha norma entrará en vigor el 23 de octubre de 2019, un año después de su promulgación y sus efectos y responsabilidades son de carácter obligatorio para todas las empresas que operan en el país.

La NOM 035, establece dos momentos clave, el primero obliga a las empresas a detectar eventos traumáticos severos que afectan a sus empleados mediante la aplicación de un cuestionario al 100% de los trabajadores, quienes responderán sobre afectaciones derivadas de asaltos, secuestros, actos violentos, amenazas y hasta la muerte o pérdida de algún miembro o lesión durante o con motivo de su jornada laboral. El segundo está definido por otra consulta a una muestra representativa de los colaboradores sobre factores psicosociales que impactan su desempeño y vida familiar. Ello permitirá detectar desde humillaciones, burlas, calumnias y falta de reconocimiento, hasta problemas de liderazgo o acoso laboral de los jefes, estrés, fatiga, sobre carga de trabajo y esfuerzos físicos excesivos.

De acuerdo al decreto publicado por la Secretaría del Trabajo, la NOM 035 establece que:

Las empresas tienen la responsabilidad de instrumentar políticas que mejoren el clima y la organización laboral; con el fin de combatir los efectos de eventos traumáticos severos y males psicosociales.

En caso de pasar por alto el levantamiento de los cuestionarios y no notificar los resultados a la Secretaría del Trabajo, a través de la Comisión de Seguridad e Higiene de la misma dependencia, la compañía será multada, según el número de empleados y su capacidad de pago.

Al identificar problemas de salud recurrentes, derivados de eventos traumáticos severos o afectaciones psicosociales, la organización deberá canalizar a los empleados afectados al IMSS o ISSSTE para su tratamiento.

El segundo cuestionario -que identifica problemas psicosociales- deberá ser realizado cada 2 años, a partir de octubre de 2020, para dar seguimiento al cumplimiento de las políticas internas, que la empresa debe poner en marcha para desactivar su impacto.

La clase obrera mexicana deberá estar alerta y vigilante para que realmente se aplique en los hechos la NOM 035, ya que, con ello, obtendrá mejores condiciones de trabajo, lo cual, a su vez, seguramente redundará en mayor eficiencia laboral, ante lo cual podrá exigir, con todo derecho y justificación, un sustancial aumento salarial. Que así sea.