Cd. de México.- La reforma a la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, contempla ampliar a 12 meses el plazo con el que los elementos de las instituciones de seguridad pública contaban para obtener certificación de los centros de evaluación y control de confianza.
De igual forma, en la Cámara de Diputados se estableció que de no cumplir este propósito en un año, a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, tales funcionarios serán removidos del Servicio.
Esta reforma al tercero transitorio de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, también establece que el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá presentarse ante el Senado de la República para rendir informe de los avances del Programa de Evaluación y Certificación de los Integrantes de las Instituciones Públicas a los seis meses de la entrada en vigor de este decreto.
Previo a su discusión en el Pleno, el presidente de la Comisión de Seguridad Pública (encargada de elaborar el dictamen), José Guillermo Anaya Llamas (PAN), aclaró que la modificación a la norma viene a prolongar el tiempo que estados y municipios tenían para dar cumplimiento a la acreditación de sus corporaciones policiacas por parte del mencionado Programa de Evaluación, puesto que la reforma de diciembre de 2012 a este artículo, daba un plazo de 10 meses para tales efectos, llegando a su fin este 29 de octubre.
Recordó que en una reunión de las comisiones de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados y del Senado de República con la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), los titulares del Ejecutivo estatal expusieron diversos argumentos del por qué hasta la fecha no han podido cumplir al 100% con esta obligación.
El dictamen, emanado de una minuta que el Senado envió a la Cámara de Diputados el pasado 18 de octubre para su estudio, adhiere los artículos 13 y 14 transitorios a la misma norma, para precisar que tanto el Gobierno federal y los estatales, deberán hacer las previsiones presupuestales necesarias para el cumplimiento del tercero transitorio.