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Pide MEBT una NOM que regule los albergues del país para evitar abusos a menores

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  • Las instituciones privadas y públicas que prestan servicio social deben contar con supervisión y vigilancia institucional.

Ciudad de México, D.F.- Tras el rescate de las 550 personas del albergue “La Gran Familia, AC”, en Zamora, Michoacán, de los cuales 458 fueron niños, la senadora María Elena Barrera Tapia presentó durante la sesión de la Comisión Permanente un punto de acuerdo para pedir a la Secretaría de Salud, en coordinación con las autoridades facultadas, crear y expedir una Norma Oficial Mexicana (NOM) que establezca los requisitos para la certificación de servicios de las instituciones privadas y sociales con el fin de proteger los derechos de las personas atendidas y mejorar las condiciones que prestan en esos lugares.

MEBT 3107 F2

El documento señala que México aún no cuenta con una estructura especializada que recoja todas las recomendaciones y estándares internacionales aplicables a los servicios de asistencia social y protección a los derechos humanos, específicamente para niñas, niños y adolescentes.

Indica que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su informe “El derechos del niño y la niña a la familia. Cuidado Alternativo. Poniendo fin a la institucionalización en la Américas” destaca la ausencia y déficits en la regulación del funcionamiento de los centros e instituciones que acogen a los niños que quieren protección especial, y afirma que las regulaciones deben garantizar un adecuado funcionamiento que respete y proteja los derechos de los menores de edad.

También la CIDH puso en evidencia la falta de regulación, el funcionamiento de las instituciones de acogimiento públicas y privadas, y exigió regular la habilitación, autorización de funcionamiento, registro administrativo y estándares de prestación del servicio; mecanismos de supervisión, control y los principios rectores a través de una norma especializada que certifique el funcionamiento, no sólo de la vigencia para la autorización, sino de todo el periodo de la prestación del servicio.

“Si bien es cierto que los espacios de cuidados alternativos suelen ser la única instancia en determinados casos para continuar el desarrollo de niñas, niños y adolescentes, también lo es que estos deben contar con supervisión y vigilancia institucional; certificación, protocolos de atención y capacitación adecuada del personal para evitar que la población infantil sufra de cualquier tipo de violencia, maltrato o estigma social, siempre garantizando y protegiendo el interés superior de la infancia”, señaló.

MEBT 3107 F3

La legisladora mexiquense abundó que después del caso de “La Gran Familia” da una oportunidad al Estado de analizar los avances, obstáculos y retos para los gobiernos Federal, Estatal y Municipal, como los mecanismos que se realizan para prevenir la violencia en niñas, niños y personas adultas mayores, además, de incidir en los temas transversales que deben ser incluidos en la Constitución y operación de estas instituciones que prestan servicios de asistencia social.

“El Senado de la República no debe presentar un rol de simple espectador de los alcances en la protección de los derechos de la infancia, sino debe ser partícipe de su protección. Al país le queda mucho por hacer para garantizar la adecuada protección de los derechos humanos, y en especial de la niñez, pero se encuentra en un momento importante en esta materia”, finalizó.

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